5. Información no financiera | 5.3 Prácticas responsables | 5.3.2 Sistemas de gobierno y comportamiento ético

Estándares de conducta

[GRI 2-23, 2-26]

El Código de Conducta alcanza a todo el personal y empresas del Grupo BBVA en Perú y, de ser el caso, aplica a terceros vinculados con el Banco si representan una exposición al riesgo reputacional. El Código desarrolla lineamientos en cuatro ámbitos conductuales: con el cliente, los compañeros, la empresa y la sociedad. Asimismo, desarrolla el marco de gobierno y de aplicación del Código.

El Código de Ética en los Mercados de Valores define en BBVA las actuaciones del personal que desarrolla sus actividades en el ámbito de las inversiones por cuenta de terceros o de entidades del Grupo en el Perú. Con el fin de prevenir el uso indebido de información privilegiada y/o de abuso de mercado, el Banco aplica medidas de control del flujo de información a sus vinculados (personas naturales y/o jurídicas), la autorización previa de operaciones, la construcción de “murallas chinas” físicas o intangibles y la monitorización de operaciones por cuenta propia o de sus vinculados en los mercados de valores.

En 2022 se implementaron 26 controles con la finalidad de mitigar escenarios contingentes que serán evaluados y monitorizados de manera trimestral

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Para lograr sinergias y simplificar la comunicación de actuaciones o situaciones que puedan ser contrarias al Código, a las políticas que lo desarrollan o a sus valores y pautas, se estableció que el canal de denuncias sea el medio de comunicación de tales actuaciones, al margen de las disposiciones autorregulatorias del Grupo.

[GRI 406-1]

BBVA no identificó durante 2022 ningún suceso o acción que implicara un caso de discriminación.

Durante 2022 no se identificó, en el análisis de los medios de prensa escritos y digitales, ningún reporte sobre temas polémicos referidos a sostenibilidad que afecten a BBVA.

Canal de denuncias

Con el fin de evitar cualquier comportamiento o acción que resulte moralmente cuestionable o se encuentre al margen de la legalidad, el Grupo y todas las empresas que lo conforman se amparan en el Código de Conducta BBVA.

El canal de denuncias constituye un medio por el cual cualquier stakeholder puede informar todo incumplimiento que él mismo observe o le sea transmitido por otros colaboradores, clientes o proveedores, lo que incluye, pero no limita, conductas ilegales o no éticas. Para ello debe notificar el caso a través del canal de denuncias local. Aquellas personas que de buena fe den cuenta de hechos o actuaciones inadecuadas al canal de denuncias no podrán ser objeto de represalias ni sufrir ninguna consecuencia adversa por tal razón.

Es tarea de la Unidad de Cumplimiento tramitar las denuncias recibidas con diligencia y prontitud, promover su investigación y verificar e impulsar las medidas necesarias para su resolución de acuerdo con los procedimientos de gestión del canal de denuncias. La información será analizada de manera objetiva, imparcial y confidencial, manteniéndose en reserva, a través de la herramienta BKMS, la identidad del denunciante.

La resolución oportuna y eficaz de las denuncias planteadas garantizaron el debido cumplimiento del Código y consolidaron la confianza en la utilización del canal de denuncia.

[GRI 2-16]

BBVA en el periodo 2022 no ha identificado inquietudes críticas. Es el comité de cumplimiento quien se encarga de recoger las inquietudes críticas derivadas de los canales con los que cuenta la organización (canal de ética, canal de denuncias) y reporta de manera resumida al directorio.

[GRI 205-3]

Durante el periodo 2022 no se sancionó por ningún caso relacionado con la corrupción en BBVA.

Cumplimientos legales

[GRI 417-2]

Durante 2022 BBVA tuvo 37 casos de incumplimiento de información con sanciones pecuniarias de Indecopi que se han materializado en multas de 78.5 UIT

[GRI 417-3]

Durante 2022 BBVA no ha registrado casos por incumplimiento de comunicaciones de marketing con sanciones pecuniarias de Indecopi.

Durante 2022 se registraron 21 casos de sanciones pecuniarias por parte de Indecopi debido a infracciones al Código de Protección al Consumidor, relacionadas al Reglamento de Conducta del Mercado. Las sanciones comprendieron multas por 128.42 UIT.